Corte Suprema Anula Aranceles Globales de Trump Impuestos Bajo IEEPA en Voto 6-3
Editado por: gaya ❤️ one
El Tribunal Supremo de los Estados Unidos, en una resolución de seis votos contra tres emitida el 20 de febrero de 2026, dictaminó que el presidente Donald Trump excedió su autoridad constitucional al imponer gravámenes globales bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) de 1977. Este fallo representa un freno institucional a la agenda económica de la segunda administración Trump, invalidando la base legal de los aranceles que habían sido un pilar de su política comercial desde su anuncio en abril de 2025.
La decisión, que reafirma fallos previos de tribunales inferiores, ha generado la inminente ola de reclamaciones de reembolso de los derechos aduaneros ya recaudados. El magistrado presidente John Roberts, autor de la opinión mayoritaria, estableció que la facultad de imponer aranceles reside exclusivamente en el Congreso, conforme a la Constitución. Roberts invocó la doctrina de las “cuestiones importantes”, señalando que la IEEPA no otorgó explícitamente al Poder Ejecutivo la potestad extraordinaria para establecer tarifas de alcance ilimitado. La mayoría estuvo compuesta por Roberts, los tres jueces liberales, y los magistrados Neil Gorsuch y Amy Coney Barrett, estos dos últimos designados por el propio Trump, lo que subraya el carácter institucional del fallo.
En contraposición, los jueces disidentes, Samuel Alito, Clarence Thomas y Brett Kavanaugh, argumentaron que los aranceles eran legítimos basándose en el texto y el precedente histórico disponible para la rama ejecutiva en ese momento. Los aranceles anulados incluían un derecho base del 10 por ciento sobre todas las importaciones, conocidos como los aranceles de “Día de la Liberación” anunciados en abril de 2025, además de tasas adicionales que oscilaban entre el 15 y el 50 por ciento dirigidas a numerosos socios comerciales. La administración había justificado estas medidas basándose en emergencias nacionales como los déficits comerciales persistentes y el tráfico de fentanilo.
Se estima que, hasta finales del verano de 2025, se habían recaudado aproximadamente 89 mil millones de dólares bajo el esquema IEEPA, con otras estimaciones elevando la cifra a 175 mil millones de dólares a finales de 2025. El total de aranceles recaudados en 2025 fue de 287 mil millones de dólares, de los cuales 130 mil millones correspondían a la IEEPA. El Tribunal de Comercio Internacional (CIT) es ahora el foro apropiado para gestionar el complejo proceso de determinación y reembolso de estos montos a los importadores afectados.
La anulación no afecta a las tarifas impuestas bajo otras disposiciones legales, como la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962, utilizada para el acero y el aluminio, ni a las de la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974. A pesar de la victoria legal, el equipo del presidente Trump ya había indicado su intención de recurrir a estas autoridades estatutarias alternativas para mantener una política arancelaria restrictiva, lo que sugiere una continuación de la fricción comercial.
El impacto económico inmediato fue positivo en los mercados; el Dow Jones Industrial Average ascendió 207.03 puntos (0.42%) y el S&P 500 ganó 33.44 puntos (0.52%) tras el anuncio, reflejando la eliminación de la incertidumbre regulatoria que había afectado la actividad económica. Expertos legales y económicos han señalado que la carga de estos gravámenes recayó mayoritariamente sobre los importadores y, consecuentemente, sobre los consumidores estadounidenses, calculándose un aumento fiscal para los hogares de aproximadamente 1,000 a 1,300 dólares en 2025/2026. El Ministro de Comercio de Canadá, Dominic LeBlanc, celebró el fallo, indicando que “refuerza” la postura canadiense de que los aranceles IEEPA eran injustificados.
La decisión del Supremo, al reforzar la primacía del Congreso en la imposición de tributos, restaura un equilibrio constitucional que algunos analistas consideran esencial para la estabilidad de las relaciones exteriores y la previsibilidad económica.
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Fuentes
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