Europa cambia las condiciones de entrada el 10 de abril: qué es el EES y qué les espera ahora a los turistas en la frontera

Autor: Aleksandr Lytviak

Europa cambia las condiciones de entrada el 10 de abril: qué es el EES y qué les espera ahora a los turistas en la frontera-1

A partir del 10 de abril de 2026, el Entry/Exit System (EES) —un nuevo sistema digital de registro de entradas y salidas— entrará en funcionamiento íntegramente en 29 países del espacio Schengen. Este sustituye los habituales sellos en el pasaporte por un registro biométrico mediante huellas dactilares y reconocimiento facial. Los turistas procedentes de países ajenos a la UE (incluidos Rusia, Estados Unidos, Reino Unido y otros) deberán someterse a este procedimiento en viajes de corta duración de hasta 90 días dentro de un periodo de 180 días.

Se trata del cambio más significativo en las fronteras europeas de los últimos años. El objetivo es automatizar el control, realizar un seguimiento más preciso de los periodos de estancia y reducir el fraude documental.

¿Qué ha pasado?

La Comisión Europea ha confirmado oficialmente que, a partir del 10 de abril de 2026, el EES será de obligado cumplimiento en todas las fronteras exteriores de Schengen. El sistema inició su despliegue gradual el 12 de octubre de 2025, aunque hasta ahora no todos los puntos de control ni todos los datos se recopilaban de forma exhaustiva. A partir de esta fecha, los sellos en los pasaportes desaparecen por completo para dar paso a un registro digital.

En el momento del primer ingreso, se recopilarán de los ciudadanos extracomunitarios los siguientes datos:

  • huellas dactilares (generalmente de cuatro dedos de cada mano);
  • una fotografía facial;
  • los datos del pasaporte.

En viajes posteriores, el sistema simplemente cotejará la biometría con el registro ya existente, lo que debería agilizar el proceso en el futuro.

¿Qué significa esto para los turistas?

Es probable que las colas en la frontera aumenten durante las primeras semanas y, especialmente, durante la temporada estival. Aeropuertos como los de París, Fráncfort, Ámsterdam y Madrid ya advierten de posibles retrasos. En lugar del rápido sellado manual, ahora será necesario acudir a un mostrador específico o a un quiosco de autoservicio.

Ventajas: el sistema contabiliza automáticamente los días de estancia, lo que reduce el riesgo de superar accidentalmente el límite de 90 días. Además, la biometría ayuda a combatir el uso de pasaportes falsos y las infracciones reincidentes.

Desventajas: el trámite inicial requerirá más tiempo, pudiendo demorar desde unos minutos hasta 10 o 15, según el volumen de viajeros. Durante los periodos de máxima afluencia (verano de 2026), algunos países podrán suspender temporalmente ciertos componentes del EES para evitar el colapso.

Datos confirmados

  • A quién afecta: ciudadanos extracomunitarios que entren en el espacio Schengen para estancias cortas (turismo, negocios o tránsito). Los ciudadanos de la UE, del espacio Schengen y los titulares de permisos de residencia o visados de larga duración están exentos.
  • Excepciones: Irlanda y Chipre no participan en el EES.
  • Plazo de conservación de datos: la información biométrica se conserva hasta 5 años o hasta que expire el registro.
  • Registro previo: no es necesario. Todo se realiza en la propia frontera. En algunos aeropuertos ya se están probando quioscos de autoservicio y la aplicación móvil "Travel to Europe".
  • Sellos: a partir del 10 de abril dejarán de estamparse.

Todos estos datos han sido confirmados por el sitio web oficial de la Comisión Europea y mediante declaraciones del 30 de marzo de 2026.

Si usted tiene un permiso de residencia en un país del espacio Schengen

1. Usted no debe ser registrado en el EES.
Es decir, al cruzar la frontera exterior de Schengen, para usted no debe existir un registro de entrada/salida EES, como el que se introduce para los turistas de corta duración. En consecuencia, el EES no debería contabilizar sus días de estancia como si fuera un visitante ordinario bajo la regla 90/180.

2. Por lo general, no se requiere biometría específica para el EES.
Las fotos y huellas en el marco del nuevo sistema se recopilan de quienes viajan para una estancia corta: con visado de corta duración o sin visado por un periodo de hasta 90 días en un plazo de 180 días. Los titulares de un permiso de residencia o visado de larga duración quedan excluidos de este esquema.

3. El derecho a vivir en el país que emitió el permiso de residencia se mantiene como hasta ahora.
El calculador oficial 90/180 indica explícitamente que si usted posee un permiso de residencia de la UE o un visado de larga duración, no se le aplica la regla 90/180 para la estancia amparada por dicho documento.

4. Por lo general, puede viajar a otros países de Schengen para estancias cortas de hasta 90 días en 180 días.
Si su permiso de residencia ha sido expedido por un país Schengen, normalmente puede desplazarse a otro país del espacio por un periodo corto de hasta 90/180, siempre que se cumplan las condiciones habituales de viaje. En este caso, ya no se trata de "vivir con el permiso de residencia" en otro país, sino de un viaje breve.

5. Los controles de documentos siguen vigentes.
El EES no anula el control fronterizo propiamente dicho. En la práctica, seguirá necesitando un pasaporte válido junto con su permiso o tarjeta de residencia en vigor. Asimismo, dentro del espacio Schengen, si se restablecen temporalmente los controles internos, es recomendable llevar la documentación consigo.

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Fuentes

  • home-affairs.ec.europa.eu

  • euronews.com

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