El Día Mundial del Libro coincide con el Día Mundial del Derecho de Autor, y hoy esta fecha se adentra en uno de los periodos más complejos de su historia. La inteligencia artificial posee la capacidad de redactar textos, generar imágenes e imitar estilos artísticos, lo que transforma la esencia misma del debate: ¿quién ostenta la autoría hoy en día y cómo se protegen las obras creativas?
¿A quién considera autor la legislación?
Marek Oleksin, abogado y socio del bufete SK&S, recuerda que, desde un punto de vista jurídico, una obra debe ser el fruto del pensamiento humano. Esto implica que el contenido generado exclusivamente por inteligencia artificial no cumple formalmente con el requisito básico para la protección de los derechos de autor, ya que carece de la autoría de una persona.
No obstante, la frontera entre el creador y la herramienta es cada vez más difusa. En los casos en que se emplea la IA como un asistente para editar textos, generar ideas o incluso redactar capítulos de forma parcial, el marco legal aún no ha definido con claridad dónde termina la ayuda tecnológica y dónde empieza la creación.
El reto legal de seguir el ritmo de la tecnología
Los expertos señalan que el derecho de autor vigente en diversos países parece más empeñado en reaccionar a la realidad que en comprenderla a fondo. Aunque se baraja la posibilidad de introducir en la ley el concepto de obras creadas por inteligencia artificial, por ahora esta propuesta no ha pasado de la fase de debate.
En el ámbito práctico, empleadores y titulares de derechos de todo el mundo se enfrentan al mismo dilema: cómo gestionar los derechos de aquello producido mediante modelos generativos que no encaja en las definiciones tradicionales de propiedad intelectual. Por lo general, es la jurisprudencia la que está lidiando con esta situación, como ocurre en Estados Unidos y Europa, donde ya se están dictando las primeras sentencias sobre conflictos relacionados con contenidos generados por IA.
Contenido de IA y riesgos para los derechos actuales
El avance de la inteligencia artificial está cambiando las escalas de producción y generando nuevos focos de riesgo. Los sistemas generativos pueden procesar volúmenes ingentes de obras ya existentes, lo que en la práctica eleva las probabilidades de un uso indebido de materiales protegidos.
Si es posible crear un texto en segundos o reproducir el estilo de un escritor mediante un algoritmo, cada vez resulta más difícil discernir qué constituye una aportación creativa humana y qué es una simple apropiación o reformulación. Estos dilemas se extienden a otros campos, como la protección de invenciones y patentes, donde también se debate si los resultados de la IA pueden considerarse objeto de propiedad intelectual.
El futuro del libro como objeto de derecho de autor
La propia metodología de creación de contenidos está evolucionando: ahora, una parte de los textos e ilustraciones se genera automáticamente, mientras que otra es perfeccionada por humanos. Puesto que la legislación no avanza a la misma velocidad que la tecnología, el papel de los tribunales y de las normativas específicas cobra una relevancia cada vez mayor.
Sin embargo, la cuestión de quién es el autor y cómo salvaguardar los derechos sobre la creación sigue siendo el eje central del debate. En plena era de la inteligencia artificial, editores, escritores y el público general siguen buscando criterios claros que distingan la herramienta del creador, permitiendo que el libro conserve su estatus como un objeto independiente de derechos de autor.




