En México, el ahorro voluntario en las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE) tiene implicaciones fiscales específicas. Se aplica una retención del 20% sobre el monto retirado si los fondos se retiran antes de los 65 años o dentro de los cinco años posteriores a la aportación. Esta medida tiene como objetivo desalentar el uso prematuro de los fondos para el retiro.
Para evitar la retención del 20%, las personas deben tener al menos 65 años y haber mantenido sus ahorros en la AFORE durante al menos cinco años. El ahorro voluntario ofrece beneficios fiscales, incluyendo deducciones de hasta el 10% de los ingresos, con un tope de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales.
Se aplica una retención del 0.97% de ISR a los intereses generados al momento del retiro, independientemente de la edad o la duración de la inversión. El incumplimiento de los términos requeridos para las deducciones puede resultar en la pérdida de los beneficios fiscales. Se recomienda consultar a su AFORE o al SAT para obtener asesoramiento personalizado.